Necesita Contador Publico?


Formulario 960 AFIP

Imprentas autorizadas AFIP

Recategorización Monotributo 2013

Declaración jurada Monotributo 2013

Operativos Multas Clausuras AFIP

Categorias Monotributo 2013

Obras Sociales Monotributistas 2013

Baja Monotributo

Monotributo Social

Inscripcion Monotributo

Cuantos empleados puede tener un monotributista

Requisitos Tramite Monotributo

Cambiar de Obra Social

Que es el Monotributo?

Renunciar al Monotributo

Exclusion del Monotributo

Reintegrarse al Monotributo

Motivos de Clausuras a monotributistas

Regimen de Inclusion Social

Que facturas emite un monotributista?

Categorizacion Monotributo

Saber mi número de CUIT

Constancia de Opcion Monotributo

BIENVENIDO

Esta página está dirigida a los pequeños y medianos comerciantes y profesionales que quieren inscribirse en el monotributo en forma correcta y necesitan saber cuánto van a pagar, cómo y cuando tienen que facturar, cómo evitar las multas y clausuras de AFIP y RENTAS, etc.

También los monotributistas ya inscriptos, que no cuentan en su mayoría con asistencia impositiva y, necesitan liquidar sueldos, recategorizarse cada 4 meses, controlar las ventas y la compras, los gastos de alquiler, consumo de luz, etc, para una correcta declaración jurada cuatrimestral, obtendrán información actualizada y una guía de todos los trámites.

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Monotributo 2013

Por Paula Rodeiro

Actualizado el 24 de Abril de 2011




Documentacion a presentar en la AFIP para el Monotributo
Descargar formulario 460 para el Monotributo
Adhesion al Monotributo
Vencimientos de Pago del Monotributo
Información sobre el Monotributo
Calculemos bien
Analisis Lógico del Monotributo
Una creencia equivocada en el Monotributo
Cuanto cuesta una multa a un Monotributista
Informacion Importante para el Monotributista
Inscripcion Monotributo
Sintesis del Monotributo


Alta en el Monotributo:

Al momento de inscribirse en el Monotributo deberá tener en cuenta reunir cierta documentación que la AFIP le solicita todos los Monotributistas, a fin de corroborar domicilios y detallar actividades a desarrollar. De esa forma quedará correctamente inscripto al realizar el alta en el Monotributo, luego cada cuatro meses deberá realizar la recategorización y la Declaración Jurada Cuatrimestral.





Documentacion a Presentar en la AFIP para realizar la adhesión en el Monotributo




Como hacer la adhesión en el Monotributo correspondiente:

Documento a presentar para realizar el alta en el Monotributo : DNI para personas físicas nacidas en la Argentina, libreta cívica, o libreta de enrolamiento, y en el caso de ser extranjeros y no posean DNI pueden presentarse con la cedula de identidad, pasaporte o certificado de inmigraciones .


Se deberá tener en cuenta también para hacer el alta en el Monotributo demostrar la existencia del domicilio comercial denunciado y de su domicilio real y para esto acompañara dos certificados de domicilio expedido por la policía, o con un acta de escribano o una factura de servicio público ejemplo luz, gas, teléfono, fotocopia de título de propiedad; en el caso de ser inquilino fotocopia del alquiler, fotocopia de cuenta bancaria, o resumen de tarjeta de crédito, o fotocopia de habilitación municipal del futuro Monotributista.



Además deberá recuerde presentar todos los originales para exhibir en la agencia AFIP que le corresponda para comenzar el alta en el Monotributo

Se continua presentando el formulario 460f y la documentación mencionada, se deberá efectuar el registro de los datos biométricos, foto, firma, documento de identidad y huella digital escaneada.









Descargar el formulario 460 para el Monotributo




Segundo paso del alta en el Monotributo :

Descargue el Formulario 460, imprimiendo las dos carillas en una sola hoja, para presentar en la AFIP.

Posteriormente se deberá completar solamente la primer carilla y si encuentra campos que no sabe completar, en la AFIP se lo van a indicar.



Formulario 460 AFIP Monotributo y preséntelo en la agencia AFIP que le corresponde.








Adhesion al Monotributo





Tercer paso del alta en el Monotributo :

Una vez que ya tiene su clave fiscal para completar el alta en el Monotributo con clave fiscal, copie y pegue en su navegador este link : https://auth.afip.gov.ar/contribuyente/? y complete el Monotributo











Vencimientos de Pago del Monotributo
Pago cuota Mensual del Monotributo

Vencimiento monotributo El 20 del mes de Marzo de 2013 se vence el próximo pago de monotributo Fecha: 20 de Marzo de 2013, 10:00 a.m. - 15:00 p.m. Lugar: Medios de Pago Autorizados. Categoría: impuestos del Monotributo





Vencimientos Recategorizacion Monotributo
Recategorizacion Cuatrimestral Monotributo

Recategorizacion monotributo El 21 del mes de Mayo de 2013 se vence la proxima Recategorización del Monotributo Fecha: 21 de Mayo de 2013, 00:00 a.m. - 24:00 p.m. Lugar: AFIP sistema On Line Categoría: impuestos del Monotributo





Informacion Destacada del Monotributo





A NUESTROS AMIGOS LECTORES MONOTRIBUTISTAS:


En las páginas de este sitio web van a encontrar innumerables consejos e información actualizada para que puedan acceder al alta en el Monotributo correcto y no quede librado a la interpretación de cada uno.

Sabemos que no pensamos todos iguales y que la cultura tributaria en nuestro querido país no es nuestro fuerte, muy por el contrario son muchos los que dan cátedra de cómo evadir y pagar menos impuestos en el Monotributo.

Pero para ellos y para los neófitos que pueden pecar todavía de ingenuos, podemos afirmarles que los tiempos cambiaron, siguen cambiando y cambiaran más todavía.

Les recomendamos leer mas abajo en esta sección importante para todos aquellos que deben hacer el Tramite Monotributo Informacion Monotributo donde en un pantallazo entenderás el poder de información que reúne la AFIP y con que facilidad puede detectar la evasión.



CONCLUSIÓN:



Requisitos para darse de alta en el Monotributo :

Sabemos que a nadie le gusta pagar impuestos.

Decíamos hasta hace poco tiempo "Por qué no les cobran los impuestos a los más grandes, en vez de agarrárselas con los mas chicos? como los pequeños monotributistas. Ya todos sabemos que hoy los más grandes están pagando y los que están intentando evadir están siendo perseguidos y hasta encarcelados.

A nosotros, los pequeños y medianos comerciantes y profesionales monotributistas, nos cabe pagar como a cualquier ciudadano y el monotributo es un sistema hecho a nuestra medida.

POR LO TANTO:



Para efectuar el alta en el Monotributo :

Hay que aprovechar toda la información que contiene este sitio dedicado especialmente al Monotributista para no cometer errores y estar más cerca de la realidad. En el país, en general, el comercio mediano y chico que hizo el tramite Monotributo trabaja satisfactoriamente pudiendo, salvo algunas excepciones, pagar todos los impuestos. Hagámoslo por nuestra tranquilidad y crezcamos en paz.








Calculemos bien la categoria que nos corresponde






Inscripcion y alta en el Monotributo

Estamos en este sitio para ayudarte con todo lo referido al Monotributo, fundamentalmente para que te ubiques dentro de la categoría que te corresponde y que más te conviene para estar de acuerdo con lo que la Afip exige a los monotributistas.


Trámite para efectuar el alta en el Monotributo :

Somos muchos los monotributistas, que cuando queremos realizar el alta en el Monotributo solicitamos a nuestro asesor, estar inscriptos en la categoria mas baja del Monotributo, por una cuestión económica y no pagar demasiado, según nuestro criterio.

Sin embargo, si bien el Monotributo es una opción, como lo dice su nombre, ésta tiene que estar de acuerdo con los parámetros que marca la AFIP a todos los monotributistas son: los montos de ventas mensuales, el consumo de energía eléctrica, la superficie del local y fundamentalmente y como nuevo parametro del 2010, el contrato de alquiler.

El contrato de alquiler del adherido al tramite Monotributo va a dar una cifra proyectada al año que obliga a pagar de acuerdo a ese monto y hasta salir del Monotributo, para pasar a responsable inscripto.

Tenemos las categorías mas chicas que se agrupan dentro del tramite Monotributo por ejemplo la B, C, D y E que equivalen a ventas desde $24.000 pesos anuales en la categoria B, hasta la E con una venta anual de 72.000 pesos por año. Esas cifras si bien han quedado en la sociedad como categorías bien pagas, sobre todo las tres últimas, no lo son en absoluto ante una inspección de la AFIP a los comercios monotributistas.

La AFIP razona asi: El adherido al Monotributo tiene que pagar el alquiler del local, el pago mensual del Monotributo, Ingresos Brutos , la luz y otros servicios y sobre todo vivir; básicamente tenemos que obtener ganancias para vivir y alimentar una familia. Ante una inspección de la AFIP a la persona que se está adherida y realizó la adhesión en el Monotributo, si se observa que hay suficiente stock de mercadería a la vista, y además clientes realizando compras la AFIP lo primero que va a cuestionar al Monotributista es que la cifra que declaramos no es real.








Análisis Lógico del Monotributo



Partamos de la categoría más baja del Monotributo : la B y donde declaro vender $2.000 por mes: supongamos que no pago alquiler del local, que soy propietario, que lo hago en un ambiente de mi casa y con $2.000 pesos de venta aun asi yo puedo decir que gano como mucho $800 a $900 con unos márgenes de 40, 50 % en un rubro que lo permita.

Pero asi todo, anotado dentro del monotributo como se debe y teniendo a la vista mucha mercadería igualmente se me va a cuestionar que no es lo que corresponde simplemente por un análisis superficial: No está en relación la inversión de dinero en mercadería con un resultado mediocre; sabemos que nadie compra mecadería para no venderla, y si no se vende se va transformando en comida o en pago de gastos diversos, es decir, el negocio se funde, porque exede los parametros que rigen dentro del Monotributo.


Si como monotributista estoy 9 horas adentro de un negocio atendiéndolo, merezco una retribución acorde con el esfuerzo y la inversión y si digo que vendo 2.000 pesos por mes y que gano 800 pesos estando lleno de mercadería, evidentemente no es real.


La AFIP la hace cortita : RECATEGORIZA A LOS MONOTRIBUTISTAS DE OFICIO Y HASTA LOS PUEDE PASAR A RESPONSABLE INSCRIPTO.


Entendamos bien esto: estamos tratando de explicar el pensamiento de la AFIP y su funcionamiento.


El inspector de la AFIP está preparado para evaluar los costos de inversión en mercadería a la vista e instalaciones de los diferentes rubros que se rigen en el Monotributo.


El inspector piensa: Este señor tiene un comercio monotributista, bien ubicado y con un surtido de mercadería estimado en X $$$ , tiene un costo de instalaciones elevado de X $$$, son las 11.30hs y hay dos personas comprando, el local está bien arreglado, la mercadería cuenta con muchas marcas y tiene uno o más ayudantes que dicen ser parientes. Está en la categoría D de Monotributo declarando vender 4.000 pesos por mes. El contrato de alquilar que exhibió el Monotributista dice pagar 2.000 pesos por mes. Mi conclusión, sigue pensando el inspector, es que este señor adherido al Monotributo debe vender 25.000 pesos por mes para obtener una ganancia en este rubro de X $$$ y así poder pagar todos los gastos y vivir. Por lo tanto voy a proceder intimar a este monotributista, se inscriba en el régimen general como responsable inscripto.


Los agentes de la AFIP tienen autoridad para recategorizar Monotributistas en la categoría que consideren ellos que nos corresponde.


El panorama es este: la categoría B, C, D y E del Monotributo son muy cuestionables desde el punto de vista de la AFIP, porque hasta 6.000 pesos por mes de venta, no alcanza con ese monto para pagar los gastos mínimos a no ser que sean negocios muy pequeños y mal ubicados, y no serán aceptados como comercios correctamente inscriptos en el tramite Monotributo.


En lo que respecta a Capital y Gran Buenos Aires, en las zonas comerciales fuertes 8.000 pesos de venta mensual con los costos de alquileres que hay, no alcanza para justificar que un Monotributista realmente vende esa cifra. No es posible que el adherido al tramite Monotributo pueda alquilar un local de $1.500, $2.000 y decir que vendo $3.000, $4.000 o $5.000 pesos por mes. No alcanzaría el dinero para pagar todo lo que hay para pagar, por lo tanto el adherido al tramite Monotributo está vendiendo más de lo que declara.





Una Creencia Equivocada en el Monotributo




Esto vale la pena aclararlo: mucha gente cree que por el hecho de inscribirse y realizar el alta en el Monotributo y estar al día con el pago del Monotributo eso sólo alcanza. Por el contrario puede sorprender lo que digo, pero a veces puede ser más negocio no estar inscripto y no hacer el tramite Monotributo. Por qué?


Si yo no estoy inscripto y no hice el tramite Monotributo, estoy en negro, no existo para la AFIP, no tengo existencia real, no estoy registrado, si me encuentran me pueden llegar a intimar a que me inscriba. Podré argumentar que hace poco tiempo que abri el negocio y que tengo pocas ventas, etc, pero no soy hasta ese momento un contribuyente registrado en el Monotributo y por lo tanto no pueden legalmente calcular el monto evadido. Por supuesto que me van a sancionar y mucho pero no se puede calcular cuanto fue la cifra no pagada al impuesto Monotributo.


En cambio, otra cosa es ir a la AFIP hacer el Tramite Monotributo, poner mi nombre y apellido, mi numero de DNI, dejar mi huella digital, que me saquen una foto con mis datos biométricos, demuestro que soy el que soy, llevo documentación de mi local, de mi casa, todas las referencias habidas y por haber para sacar mi clave fiscal e inscribirme, y después que dí todas las garantías del mundo de que soy el que soy, donde voy a trabajar y donde vivo, entonces ahí falseo, oculto y miento respecto a mi capacidad comercial.


A partir de ahí mi futuro económico y comercial está en manos de la interpretación de un inspector de la AFIP, ajustada a los parámetros que dejan al descubierto la evasión al regimen del Monotributo.


Es como si yo fuera al Renar a registrar un arma con la que después me voy a dedicar a robar.





Cuanto cuesta una multa a un Monotributista




Supongamos que me adherí al Monotributo y estuve pagando durante tres años, alrededor de $500 inferior al que correspondía. Después de la inspección deberé pagar todos los montos que no pagué más una multa por el 50% de los montos evadidos al regimen monotributo; eso sería igual a un monto en el caso de 3 años acumulados a $18.000 (500 pesos por 36 meses) más 9.000 pesos de multa ( 50 % de lo que se evadió. A eso le agregarán una clausura de 3 a 10 días.


Esto es el cálculo real, siempre y cuando que en el comercio monotributista no hayan encontrado algún empleado en negro lo cual agravaria más el panorama.





Informacion Importante para el Monotributista




Sepamos bien esto, la AFIP cuenta hoy con un cruzamiento de información de cada contribuyente que este adherido y ya ha realizado el alta en el monotributo o en el Regimen General, respecto al registro de la propiedad inmueble, registro del automotor, sistema financiero, bancario, hipotecario, todo lo que hace al consumo y movimiento de dinero, tarjetas de créditos, colegios privados, absolutamente todo, con lo cual cuando entren a su negocio ya saben quién es usted y todos sus movimientos comerciales, financieros, vehículos, deudas, propiedades, gastos de tarjetas, compras de electrodomésticos, si paga colegios privados y hasta cuantos teléfonos celulares hay en su domicilio.


Después cuando el Monotributista declara estar en la categoría C y que vendemos $3.000 pesos por mes, el que observa desde la AFIP, sabe que somos víctimas de nosotros mismos.


En el otro extremo superior de las categorías están las J, K y L, del Monotributo, que en realidad, no se pueden aplicar porque manejan montos de facturación, y al mismo tiempo cuotas mensuales de monotributo muy elevadas, además con la obligación de tener 1, 2 y 3 empleados en blanco respectivamente, con declaraciones juradas cuatrimestrales. Estas tres categorías del Monotributo son impracticables y se resuelven pasando a responsable inscripto.


Sacando las cuatro categorías iniciales del Monotributo por ser montos de ventas muy pequeños, para comercios muy chicos y las tres más altas por antieconómicas, las cuatro categorías reales que quedan del Monotributo, son la F, G, H e I.


Esas cuatro categorías F, G, H, I del Monotributo, cuatrimestralmente deben rendir cuentas a través de declaraciones juradas. La declaración jurada de estas categorías implican muchos datos respecto a nuestros proveedores, a los montos comprados, a los montos facturados, a los clientes que más les vende el Monotributista, lo cual lo obliga a un registro.

Esto hasta ahora no ocurria y por eso se lo llamaba régimen simplificado al Monotributo. Ahora ya no es simplificado y se hará más dificil.


Nuestras compras y ventas como monotributistas, en blanco y en negro ahora se enfrentan a un registro de los proveedores y stock de mercadería bajo Declaración Jurada, y esa información de mis clientes que yo le tengo que dar a la AFIP después pasa por un control electrónico, se confrontan con las ventas que declara el mayorista al comercio que realizo el alta en el Monotributo, y se sabe la verdad. Sabemos que la culpa de que todo esto ocurra es el gran avance tecnológico que reina hoy en el mundo. Está claro que es imprescindible que la persona que hizo al tramite Monotributo tenga asesoramiento y asistencia de un Contador Público.


Además, el uso masivo de la Factura Electrónica para el monotributista es inminente y va a tener un costo mínimo pero habrá que usarla. Es fundamental que aquella persona que haga el tramite monotributo entienda que este nuevo control está dirigido, desde el más chiquito hasta el más grande, el control va a ser tal que no habrá otra opción que pagar lo que correponda en el Monotributo, porque la posibilidad de evasión será cada vez menor.


Es por eso que entienda todo aquel que haga el tramite Monotributo que estar en regla con la AFIP e Ingresos Brutos es uno de los requisitos basicos para evitar multas y clausuras inncesarias y presentaciones a la Delegacion AFIP que nos corresponde.










Inscripción Monotributo



Cuando iniciamos la actividad en Monotributo, así fuera con un pequeño local dedicado a ventas o a la actividad de servicios desde nuestra casa, habrá que darse de alta en el Monotributo, en la AFIP, y registrarse además en Rentas por los Ingresos Brutos.

Para ello, hay que seguir paso a paso, la guía indicada para hacer la inscripcion en el Monotributo.

Lo primero que hay que saber al comenzar el alta en el Monotributo, es que dicho régimen lleva el nombre de simplificado porque se abona en una sola cuota fija al mes. Es decir, que la cuota del monotributo no depende de los ingresos percibidos mensualmente.

El Monotributo comprende a cualquier persona física, y a las sociedades de hecho únicamente, debiendo contar con 3 socios como máximo, generando ingresos que no superen los 200 mil pesos si son actividades de alquileres o de prestaciones de servicios, y de 300 mil pesos para demás actividades del Monotributo.

Al momento de efectuar la inscripcion y darse de alta en el Monotributo, hay que saber que, si la actividad que se realiza es la de vender cosas muebles, hay que considerar que el precio máximo que puede tener cada unidad es de 2500 pesos. Y en el caso de superar el monto de 200 mil pesos, hasta un máximos de 300 mil, se tendrá que cumplir el número mínimo de trabajadores en relación de dependencia con los que se puede contar.

Los parámetros que hay que conocer para hacer correctamente el la adhesión en el Monotributo, y encuadrarse en la categoría adecuada, son:


La superficie usada para el local monotributista, donde se realiza la actividad, podrá tener 200 metros cuadrados como máximo.

El consumo máximo permitido para los monotributista de energía eléctrica que se puede tener es de 20 mil kilowatts.

Y el importe máximo para los comerciantes adheridos al tramite monotributo, que se puede percibir por los alquileres debe ser de 45 mil pesos.

No podrán inscribirse y darse de alta en el Monotributo, las personas que se dedican a la importación de cosas muebles, o de servicios. Tampoco quienes realizan más de tres actividades a la vez.


Se producirá la baja del Monotributo en estos casos:


Si se exceden los límites establecidos para poder adherirse en el Monotributo

Si se presenta alguno de los motivos de exclusión del Monotributo

En el caso de ser sociedades anónimas o sociedades S.R.L.

Una vez excluido del Monotributo, el contribuyente pasará a tributar ante el IVA, y el Impuesto a las Ganancias, ante la AFIP, y una parte de los ingresos será destinada al Impuesto de Ingresos Brutos.


El Monotributo cuenta con varias categorías, que se basan de acuerdo a los ingresos del contribuyente monotributista, que al poder variar, habrá que realizar el cálculo cuando se disponga la recategorización, y modificar la categoría del Monotributo de ser necesario.

Se consideran, para establecer las categorías, los ingresos generados en el último año transcurrido, antes de tener que efectuar la recategorización del Monotributo, además de los parámetros mencionados anteriormente en ese período.

Esta información es de gran utilidad para poder hacer como se debe la adhesión en el Monotributo.


Dichos parámetros incluyen al régimen del Monotributo, y también a los Ingresos Brutos. Sin embargo, el importe máximo permitido para los adheridos al Monotributo, de ingresos percibidos en el año para poder permanecer en el Monotributo, es de 144 mil pesos. Si no, deberá ingresarse un 3 por ciento de la totalidad de las ventas generadas en el mes, en la zona de Capital Federal.


Para comenzar a gestionar primero la inscripcion y hacer el Monotributo, hay que dirigirse al organismo de AFIP indicado, según el domicilio. El mismo se podrá consultar en el sitio web de AFIP, www.afip.gob.ar

Una vez allí, habrá que completar el Formulario necesario para efectuar el alta en el Monotributo, y presentar también:

Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad

Fotocopia de 2 constancias que acrediten el domicilio en el cual se realiza la respectiva actividad como monotributista. El mismo puede corroborarse con recibos de servicios públicos, el contrato de locación de la persona que va a realizar la adhedhisón en el Monotributo, una constancia policial de domicilio, la escritura de la propiedad, un resumen de la tarjeta de crédito, entre otros.

Luego de exhibir toda la documentación requerida, la AFIP otorgará la CUIT, y la respectiva Clave Fiscal. Los cuales serán necesarios para acceder a la página web de AFIP para hacer la adhesión en el Monotributo.

En el sitio de AFIP, habrá que definir:

  • Si la actividad realizada consiste en prestación de servicios, o venta de bienes,
  • La categoría en la que habrá que encuadrarse.
  • La Obra Social que se elegirá.

Luego, para continuar con la adhesión en el Monotributo, el sistema expedirá

  • La Credencial de Pago del Monotributo, la cual será conveniente conservar plastificada. Ya que habrá que utilizarla cada mes para efectuar el pago, y también para exhibir ante la Obra Social para monotributistas.
  • El Formulario de inscripción ante la AFIP

Luego de generar el alta en el Monotributo, habrá que realizar la adhesión al Régimen Simplificado correspondiente " Monotributo " los Ingresos Brutos, a través del sitio web de AFIP, con la Clave Ciudad, la cual se gestiona en dicha página operando con la Clave Fiscal.

Posteriormente, el siguiente en el Monotributo será habrá que categorizarse y obtener la Declaración Jurada referente a la Inscripción, junto a la Credencial de Pago, las cuales emite el sistema.

Este último régimen "Monotributo" mencionado, sólo incluye a los contribuyentes que realicen la actividad dentro de Capital Federal, obteniendo ingresos menores o iguales a 144 mil pesos.

Para ingresar la cuota por primera vez del Monotributo, hay que dirigirse al Banco Ciudad, luego de los 30 días de realizada el alta.

La segunda cuota de pago del Monotributo, y las siguientes, podrán abonarse en cualquier sucursal de Pago Fácil, o del Banco Ciudad, presentando la respectiva Credencial.

Las personas que hicieron el Tramite Monotributo, tendrán como fecha de vencimiento para pagar mensualmente, el día 20 de cada mes, ingresando el pago del corriente mes.

En cambio, el impuesto de Ingresos Brutos tendrá que pagarse desde el 20 de cada mes, ingresando el pago del mes transcurrido, con fecha que varía según los últimos números de la CUIT.

Por último, para terminar el Tramite Monotributo, habrá que mandar a imprimir las facturas " C ".

En las imprentas cuentan con tipos de facturas para elegir, aunque es conveniente ya tener la idea previamente determinada, a fin de hacer el trámite monotributo con más rapidez. En la factura podrá incluirse la denominación del negocio del contribuyente monotributista, el nombre del responsable, o las dos opciones. Otros datos que pueden agregar el Monotributista son: el Nº de teléfono, el domicilio, el sitio web, etc. Es indispensable que estén los datos referidos a los Ingresos Brutos, y al Monotributo, para lo cual se requerirá de las respectivas credenciales. Dicha impresión se realiza en grandes tandas, y a un bajo precio.

Finalmente, luego de haber concluido con el Tramite Monotributo, habrá que fijarse las fechas de recategorización del Monotributo, a fin de evitar contrariedades.

El Monotributo y el trámite de Ingresos Brutos referentes a la recategorización del Monotributo, se realizan a través del sitio web.

La recategorización de Monotributo se hace cada cuatro meses, y la de Ingresos Brutos cada seis.






SINTESIS DEL MONOTRIBUTO



Sintesis del Tramite Monotributo:

Si leíste atentamente esta nota sabrás ya que el panorama respecto a la evasión como monotributista es cada vez es más complicado y riesgoso.


Son muchos los riesgos de ser clausurados y las multas son enormes cuando es sancionado la persona que hizo el Tramite Monotributo.


Estar en regla no es tan costoso cuando la mayoría de los comercios monotributistas hoy están facturando sus ventas y vos también podes hacerlo.







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