La AFIP fiscaliza Monotributistas

    LA AFIP FISCALIZA MONOTRIBUTISTAS MAL INSCRIPTOS PARA COMBATIR LA INFLACIÓN

    Los contribuyentes que hacen parte del Régimen Simplificado están siendo controlados de forma masiva por la Dirección General de Los Recursos de la Seguridad Social.

    Fueron seleccionados en cuyos registros figuran anomalías entre gastos y encuadre.

    El organismo mencionado a través de acciones previas a la fiscalización detectó detecto una serie de anomalías extremas como las siguientes:

    Monotributistas registrados en la categoría B que muestran ingresos que pueden ser superiores hasta 10 veces respecto a lo que informan, o tributarios con gasto mensual por encima de los valores de la Categoría.

    De igual forma se encontraron monotributistas que relacionaban hasta 33 empleados y aparecían en las clasificaciones más bajas

    En todo el país se empezarán a realizar a partir de la fecha, procedimientos de control.

    El 37% está ubicado en el perímetro metropolitano y en el interior el restante 37%.

    AFIP comenzó sus esfuerzos operativos a partir de la fecha, para combatir el tan mencionado "enanismo fiscal", ya que en esta figura fiscal suelen encontrarse monotributistas mal inscriptos.

    CASOS SIMBOLICOS

    De igual forma la AFIP en búsquedas anteriores a la fiscalización, identificó anomalías como es el caso de monotributistas que con un ingreso en promedio, e inscriptos en categoría B, testificaron únicamente entre 6 y 8 empleados a cargo, esto visto a la luz de los cálculos fiscales, registra un costo que asciende los valores mensuales reales.

    Otro caso representativo es el de los monotributistas de categoría "B" cuyas ganancias no deben estar por encima de los valores mensuales, con muestras de una capacidad económica que rebasa significativamente las ganancias señaladas tales como:

    costos por operación que representan una decena de veces el total del valor de facturación mensual máxima admitida por mes.

    Compra de automotores por importes superiores que alcanzan a doblar o triplicar el monto anual de la categoría.

    Consumo notable de telefonía móvil (semestrales que equivalen al 50% del total por mes de la categoría que se declara).

    De igual forma, en la Categoría "C" se identificaron casos de monotributistas con ingresos que no deben exceder los parametros con indicios de tener un efectivo económico que está muy por encima de los que señala como ingresos.

    LOS PROCEDIMIENTOS

    Los inspectores que se han delegado para llevar a cabo las visitas, piden información que tiene que ver con el consumo de servicios públicos como agua, luz, alquiler del local, metros utilizados en la actividad, y facturación generada por año, datos que se requieren para definir el encuadre adecuado respecto a las obligaciones tributarias, la cual es recepcionada por los inspectores en un tiempo prudente de diez días.

    La AFIP lleva a cabo el procedimiento, notificando a cada contribuyente sobre la información de presuntas anomalías sobre su categorización.

    Con base a esta información el contribuyente cuenta con la oportunidad de justificar su situación, o confirmar su situación verdadera y recategorizárse o hacer la adecuada inscripción en el Régimen General, con los beneficios que en el primer caso considera en materia de eximición de la pena descrita por la ley, que puede llegar al 50% del impuesto que realmente correspondía registrar.